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Documento BOE-B-2016-45414

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 27 de septiembre de 2016, páginas 56160 a 56160 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-45414

TEXTO

Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,

Hago saber: En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Consurso Abreviado de CARNICAS LECHUGA, S.A., bajo el n.º 559/2016, en los que se ha dictado auto en fecha 29 de julio de 2016 acordando:

1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales, Sr. Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de CÁRNICAS LECHUGA, S.A., con CIF A 78195989.

2. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor CÁRNICAS LECHUGA, S.A.. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales del Capítulo II del Título VIII L.Co. para el procedimiento abreviado.

3. El deudor CARNICAS LECHUGA S.A. conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

4. Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176 bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:

a. Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado

b. Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados: inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE.

c. se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente resolución.

Y para que sirva de publicidad en forma, se expide en presente en

Madrid, 29 de julio de 2016.- El Letrado/a de la Administración de Justicia.

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