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Documento BOE-B-2016-44596

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 24 de septiembre de 2016, páginas 55231 a 55231 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-44596

TEXTO

Edicto de declaración de concurso

Don Gizane Garvin Rodríguez Letrada de la Administración de Justicia sustituta del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número De Asunto: 410/16

Fecha Del Auto De Declaración: 30 de julio de 2016.

Clase De Concurso: Voluntario abreviado.

Entidad Concursada: Llagut Hostelería, Sociedad Limitada.

Cif De la Concursada: B-55198501.

Domicilio De La Concursada: Calle Mauri Vilar, numero 11, de Palamós.

Administrador Concursal: Adm. Corporación Concursal, S.L.P.

Dirección postal: Calle Barcelonés, número 36, de Caldes de Montbuí (Barcelona).

Dirección electrónica: llagut@admcc.es

Régimen De Las Facultades Del Concursado: A la concursada mercantil Le Son Suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, Y cesados sus Administradores quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento A Los Acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Personación En Las Actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Avenida Ramón Folch, número 4-6, de 17001-Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata Apertura De La Fase De Liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de sus administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 1 de septiembre de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia sustituta.

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