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Documento BOE-B-2016-43619

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 20 de septiembre de 2016, páginas 54032 a 54033 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-43619

TEXTO

Edicto

Dña. Cristina Valero Domenech, Letrado/a Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000749/2012 habiéndose dictado en fecha 5/9/16 por el Ilmo./a. Sr./a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto firme de concusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Se decreta la conclusión del Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 149/2012, promovido por el Procurador Sr/a Montesinos Ripoll, Maria Ángeles, en nombre y representación dela mercantil Obras MCDOS S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª Sonia Marsilla Benlloch, con NIF nº 53.202.014-R, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Obras MCDOS, S.L., con C.I.F. B-97728208, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 1 de julio de 2016.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda de R.D.L. 3/2009) y el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán a la Procuradora de la concursada Montesinos Ripoll, Maria Ángeles a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en plazo de diez días a contar desde la notificación dela presente resolución, deberá de presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. /a. Sr./a D/Dña. Daniel Valcarce Polanco.

Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 5 de septiembre de 2016.- El/la Letrado/a Admón. Justicia.

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