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Documento BOE-B-2016-43560

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 20 de septiembre de 2016, páginas 53973 a 53973 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-43560

TEXTO

Edicto

Doña María Jesús Jimeno del Valle, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Teruel, por el presente,

Hago saber:

Primero. Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 214/2016 y NIG número 44216 41 1 2016 0000964, se ha dictado en fecha 1 de septiembre de 2016 auto de declaración de concurso del deudor "Turolinnova, S,L.", con CIF número B44222883, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Teruel, polígono Industrial La Paz, calle Berlín, número 189.

Segundo. Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición sobre el patrimonio del deudor. Se ha designado, como Administración concursal a la Letrada doña Inmaculada Elum Baldrés, con domicilio postal en paseo Alameda, número 42 B, 17.ª de Valencia (46023) y dirección electrónica concursal@elum.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar en el plazo de un mes conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

Cuarto. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica de Registro Público Concursal: publicidadconcursal.es

Quinto. Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

Teruel, 6 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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