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Documento BOE-B-2016-43250

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 2016, páginas 53608 a 53608 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-43250

TEXTO

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000177/2016, seguido a instancias del Procurador D. Vicente Gutiérrez Álamo en nombre y representación de INTER AQUA CANARIAS, S.L. y NATURALLY ATLANTICO, S.L., se ha dictado Auto el día 15 de julio de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de INTER AQUA CANARIAS, S.L. con CIF B-35915610 y NATURALLY ATLANTICO, S.L. con CIF B-76063882, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: Doña Esther Verano Martín, Letrada, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en calle Triana, n.º 103, 1.º derecha, CP 35002 Las Palmas, teléfono 928227375, fax 928225129, correo electrónico interaquaconcurso@gmail.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición de los deudores respecto a su patrimonio, se acuerda que conservarán las facultades sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración concursal mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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