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Documento BOE-B-2016-42425

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 17 de septiembre de 2016, páginas 52707 a 52708 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL DE CUENTAS
Referencia:
BOE-B-2016-42425

TEXTO

Edicto

Actuaciones Previas n.º 116/13, Ramo: Comunidad Autónoma (Consejería de Empleo - Ayudas destinadas a Empresas para la Financiación de Planes de Viabilidad) Lugar: Andalucía

Doña Mónica Corchón González, Secretaria de las Actuaciones Previas de referencia,

Hace saber: Que en dichas Actuaciones Previas se ha dictado por la Delegad Instructora la siguiente:

"PROVIDENCIA.- Delegada Instructora señora. Carriedo Moreno.- En Madrid, a uno de septiembre de dos mil dieciséis.- Habiéndose requerido a NUEVA LIMA, S.A., con CIF A-21286638, como presunta responsable del alcance declarado en estas actuaciones, por Providencia de fecha 24 de febrero de 2015, para que reintegrase, depositase o afianzase la cantidad de trescientos ochenta y un mil seiscientos un euros con noventa céntimos (381.601,90 €) de los que corresponden 349.083,78 euros a principal y 32.518,12 euros a intereses, en las Actuaciones Previas a que se refieren estos autos, y no habiéndose atendido el mencionado requerimiento, se dictó Providencia de fecha 9 de septiembre de 2015 por la que se acordó el embargo de bienes y derechos de la citada Compañía que fue debidamente notificada al interesado.- En consecuencia, procede decretar, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 47.1.g) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, y demás preceptos concordantes sobre este particular, el embargo de la finca cuya concesión administrativa ostenta NUEVA LIMA, SA, con CIF A-21286638, que consta en la Nota Simple expedida por el Registro de la Propiedad de Huelva nº3, en cantidad suficiente para asegurar el derecho de la Hacienda Pública a reintegrarse de los posibles perjuicios irrogados objeto de las presentes actuaciones.- En base a esta Providencia, se librará comunicación al Registro de la Propiedad de Huelva nº3, para que proceda a la práctica del embargo preventivo, practicando la anotación correspondiente de la finca que seguidamente se indica:- Finca urbana nº 81772 sita en el término en el Municipio de Huelva; inscrita en el Registro de la Propiedad de Huelva nº3, Tomo 2030, Libro 608, Folio 196, Alta 1, IDUFIR: 21009000512134; titularidad del 100% de la concesión administrativa de NUEVA LIMA, SA.- Líbrese testimonio de esta providencia al Registro de la Propiedad de Huelva nº3, y notifíquese a NUEVA LIMA, SA, así como al Representante Legal de la Junta de Andalucía, al Partido Popular de Andalucía (actor público) y al Ministerio Fiscal.- Dada la imposibilidad de practicar la notificación de la citada Providencia a NUEVA LIMA, SA, notifíquesele mediante Edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Tribunal.- Lo manda y firma la señora Delegada Instructora, de lo que doy fe. La Secretaria de las Actuaciones: Mónica Corchón González.- Firmado y rubricado".

Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este Edicto se incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera condena expresa en los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68, apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal.

Lo que se hace público para que sirva de notificación a NUEVA LIMA, S.A.

Madrid, 1 de septiembre de 2016.- La Secretaria de Actuaciones Previas, Mónica Corchón González.

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