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Documento BOE-B-2016-4214

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2016, páginas 5495 a 5495 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-4214

TEXTO

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000319/2015-C- y NIG n.º 36038 47 1 2015 0000347, se ha dictado en fecha 18 de enero del 2016, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Promociones COE 75, S.L., con CIF número B-36.331-833, con domicilio social en carretera de Vigo a Villacastin, ramal Arnoso, s/n, 36860 de Ponteareas, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo y libro 2.311, folio 15, sección 8, hoja PO-23.476, inscripción 1.ª

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal, a la abogado Beatriz Dávila Costas, con DNI número 36.100.558-B, con domicilio profesional en calle Alfonso XIII, número 17, 36201 de Vigo, y dirección de correo electrónico: beatrizdavilaconcursos@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Asimismo, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación por petición de la concursada. Se ha declarado disuelta la entidad concursada, PROMOCIONES COE 75, S.L., y el cese de los administradores sociales, que son sustituidos por la administración concursal. Se han declarado vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcusal.es.

Pontevedra, 26 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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