Don Alberto Martínez de Santos, Secretario Judicial del Juzgado de primera instancia número 23 de Valencia,
Hace saber: Que en los autos arriba referenciados, se ha dictado la siguiente:
CEDULA DE EMPLAZAMIENTO
Tribunal que ordena emplazar
Juzgado de Primera Instancia número 23 de Valencia.
Asunto en que se acuerda
Procedimiento Ordinario - 132/2014
Persona a la que se emplaza
Honorio Granero Lopez y Remedios Carrion Arrangueren, en concepto de parte demandada.
Objeto del emplazamiento
Comparecer en el juicio indicado para contestar a la demanda.
Tribunal ante el que debe comparecer
En la sede de este tribunal.
Plazo para comparecer
Veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES
1. Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía, no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la que ponga fin al procedimiento (artículos 496 y 497 de la L.E.C.).
2. Deberá comparecer con Procurador de los tribunales que lo represente y Letrado que le defienda (artículo 23 y 31 de la L.E.C.).
3.Deberá comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso (artículo 155.5 de la L.E.C.).
Y para que sirva de emplazamiento en legal forma a los Herederos de don Honorio Granero López y Dª Remedios Carrión Arranguren, expido el presente.
Valencia, 27 de julio de 2016.- El Secretario Judicial.
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