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Documento BOE-B-2016-39405

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Sevilla sobre Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto así como Declarando en Concreto la Utilidad Pública del establecimiento de la instalación eléctrica Línea Aérea a 15 (20) Kv. entre subestación Cala y L.A.M.T. Ronquillo de subestación Cala, en términos municipales de El Ronquillo y Guillena. Exp.: 244.888. R.A.T.: 107.970.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 27 de agosto de 2016, páginas 49079 a 49081 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2016-39405

TEXTO

Visto el expediente incoado en esta Delegación Territorial por ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L., en solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto así como la declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica que se reseña a continuación, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, y la Sección I del Capítulo II, y el Capítulo V, del Título VII del R.D 1955/2000 de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Visto que no han sido presentadas alegaciones dentro de los plazos reglamentariamente establecidos. O bien han convenido libremente con el titular de los necesarios bienes y derechos, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos, en virtud de lo establecido en los art. 145 y 151 del R.D. 1955/2000 de 1 de diciembre.

Visto el Informe emitido por el Departamento de Energía.

Y visto que la competencia para resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación Territorial en virtud de las siguientes disposiciones:

-Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

-Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas, esta Delegación Territorial

Ha resuelto:

Autorizar y Aprobar el proyecto de ejecución así como Declarar en concreto la Utilidad Pública, implicando ésta la Urgente Ocupación, según lo establecido en los art. 53.º y 54.º de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados Capítulo V, del Título VII del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica., de la instalación eléctrica referenciada cuyas características principales son:

Peticionario: ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.

Domicilio: Avda. Diego Martínez Barrio, n.º 2.

Finalidad de la instalación: Nueva linea de M.T. para mejora en su red de distribución eléctrica.

Linea eléctrica:

Origen: Apoyo proyectado n.º1/ Sub. Cala.

Final: Apoyo proyectado n.º 29/ Apoyo n.º 1 proyectado.

T.M. afectados: El Ronquillo y Guillena.

Tipo: Aérea D/C/ Subterránea D/C.

Longitud en km: 7,414/ 0,050.

Tensión en servicio: 15 KV.

Conductores: LA-110/ RHZ1 18/30 KV 3(1X240) Al.

Apoyos: Metálicos celosía.

Aisladores: U70BS.

Referencia: R.A.T: 111270. EXP.: 262487, con las condiciones especiales siguientes:

1. La presente Resolución, habilita al titular para la construcción de la instalación eléctrica referenciada.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.

3. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación Territorial.

4. El titular de la instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, quien podrá practicar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre el terreno de la instalación.

5. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes.

6. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en conocimiento y aceptadas por él.

7. Esta Resolución se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a ésta Delegación.

8. El plazo de puesta en marcha será de un año, contados a partir de la presente Resolución.

9. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la correspondiente Autorización de Explotación, que será emitido por esta Delegación Territorial, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el art. 132.º del R.D 1955/2000.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 11 de julio de 2016.- El Delegado Territorial.

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