Por resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, de 5 de julio de 2016, se han otorgado las ayudas a los transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, incluidos en el Anejo 1 de dicha resolución. En los Anejos 2 y 3 se relacionan las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito y por incumplimiento de requisitos respectivamente.
Se puede consultar la Resolución y los Anejos en la página web del Ministerio de Fomento en el siguiente enlace:
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/TRANSPORTE_TERRESTRE/_INFORMACION/SUBVENCIONES/
Contra esta resolución podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a esta publicación, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a esta publicación.
Madrid, 4 de agosto de 2016.- El Director General de Transporte Terrestre, Joaquín del Moral Salcedo.
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