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Documento BOE-B-2016-37541

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 6 de agosto de 2016, páginas 46368 a 46368 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-37541

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 540/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Habitatge Entorn, Societat Cooperativa Catalana Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso voluntario 540/2016, sección C2.

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8000669.

Entidad concursada: Habitatge Entorn, Societat Cooperativa Catalana Limitada, con CIF n.º F58873936 y domicilio en c/ Manresa, 8, 1r. 2a., 08003 Barcelona.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del auto de declaración: 18.07.2016.

Administradores concursal/es: Julio Ichaso Urrea, con domicilio profesional en Av. Diagonal 640, 3º 08017 Barcelona, núm de teléfono 932532759, núm de fax 932537100, con dirección electrónica achabitatge@es.pwc.com, designado por la sociedad Landwell Pricewaterhoucoopers Tax & Legal Services S.L., nombrada Adm. concursal.

Facultades del concursado: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes y derechos a que afecte, y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivo créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de julio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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