Está Vd. en

Documento BOE-B-2016-36718

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 1 de agosto de 2016, páginas 45211 a 45212 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-36718

TEXTO

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 000206/2010, habiéndose dictado en fecha 29/06/2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.° 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

_ Acuerdo:

1- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000206/2010, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Vicente Bezjak, Raúl, en nombre y representación de la mercantil OGABAN, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. José Antonio García Olmos, con DNI n.° 85.078.603-Q, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil OGABAN, S.L., con CIF B-46188173, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

5.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 2/10/2015.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Vicente Bezjak, Raúl, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos

Llévese el original al libro de autos definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2a del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1. LG).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.S.ª Doy fé.

EL/La Magistrado/a juez/a El/La letrado/a Admón Justicia.

Valencia, 29 de junio de 2016.- El/la Letrado/a Admón. Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid