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Documento BOE-B-2016-36689

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 1 de agosto de 2016, páginas 45180 a 45180 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-36689

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000234/2015, seguido a instancias del Procuradora doña Yurena García San Roque, en nombre y representación de don Antonio Luis Mentado Medina y doña. Lenita Burman Puromaki, se ha dictado Auto el día 17.07.2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de don Antonio Luis Mentado Medina con NIF n.º 42829817 E, y doña Lenita Burman Puromaki con NIF n.º 42877112 Y, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

Se designan como Administradores del concurso a: Don Francisco Javier Navarro García-Ramos, Abogado, con NIF 42845877M, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Alonso Quintero, n.º 10 2.ª, 35001, Las Palmas de Gran Canaria, Tel. 928 33 46 24, fax 928 31 04 89, email jngrdespacho@telefonica.net

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de julio de 2016.- El Secretario Judicial.

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