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Documento BOE-B-2016-36450

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 30 de julio de 2016, páginas 44866 a 44867 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-36450

TEXTO

Edicto

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por la presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000539/2014, habiéndose dictado en fecha 19/7/16 por el Ilmo/a Sr/a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte Dispositiva

Se Decreta la Conclusión del Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 539/2014, promovido por el Procurador Sr/a Verdet Climent, Francisco, en nombre y representación de la mercantil Sociedad Agraria de Transformación número 341 Asuva, y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Sistemas de Gestión Concursal, S.L.P., con CIF n.º B98405780, a través de su persona física que la representa doña Ana Tirado Martí, con DNI n.º 19000490Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Sociedad Agraria de Transformación número 341 Asuva, con CIF F02387259 inscrita en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana con el número 341, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 13 de mayo de 2016.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Verdet Climent, Francisco a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado acreditación de haber presentado en el BOE y Rpc los referidos edictos

Llévese el original al libro de Autos definitivos, dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art.177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a D/Dña Montserrat Molina Pla, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 19 de julio de 2016.- El/la Letrado/a Admón. Justicia.

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