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Documento BOE-B-2016-36431

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 30 de julio de 2016, páginas 44847 a 44847 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-36431

TEXTO

Edicto

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 460/2016 en el que se ha dictado con fecha 1 de julio de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad Cartográfica del Vallés, S.L., con CIF B65840647, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019 - 47 - 1 - 2016 - 8003983 Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso Concursada: Cartográfica del Vallés, S.L. con domicilio en Carretera de Sant Cugat a Rubí kilómetro 40, Edificio Forum, planta 3 de Barcelona Administrador concursal: Doña Eulalia Folguera Sans, en nombre de Jausas (Jausas Legal y Tributario, S.L.P.), con domicilio en Passeig de Gracia número 103, 7.ª, de Barcelona con correo electrónico cartograficadelvalles@jausaslegal.com Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 7 de julio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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