Está Vd. en

Documento BOE-B-2016-3619

ALCOBENDAS

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2016, páginas 4725 a 4725 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2016-3619

TEXTO

Dña. María José Lucas Rebenaque, letrada de la administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia Cuatro de Alcobendas, hace saber que: En el presente procedimiento de juicio verbal especial, seguido a instancia de Dña. Michelle Abril Moreno, frente a d. Edgar Hernan Calvopiña Velastegui, se ha dictado sentencia de fecha 16.11.15, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo en parte la demanda presentada por representada Dª Michelle Abril Moreno representada por el Procurador Sr. Lobo contra D. Edgar Hernán Calvopiña Velastegui en rebeldía en materia de medidas paterno filiales con intervención del Ministerio Fiscal.

Se acuerdan las siguientes medidas:

1.- La patria potestad se ejercerá exclusivamente por la madre durante la ausencia del padre.

2.- La atribución de la guarda y custodia de la menor a la madre.

3.- No procede fijar régimen de visitas

4.- El padre abonará a la menor una pensión alimenticia de 120euros/mes, los primeros 5 días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la madre. Se actualizará anualmente conforme al IPC publicado por el INE u Organismo que lo sustituya.

Gastos extraordinarios por mitad.

No se hace especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes contra la misma puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este juzgado para ante la audiencia provincialLa parte/s que pretenda/n recurrir en apelación, deberá/n acreditar, al momento de la preparación del recurso de apelación, la constitución de depósito por importe de cincuenta euros (50 euros) mediante consignación en la cuenta de este Juzgado. bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del citado recurso, tal y como determina la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial reformada por la Ley Orgánica 1/2.009, de 3 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando, y firmo.

Pedro José Puerta Lanzón

Juez del jugado de 1.ª instancia n.º 4 de este partido judicial.

Y encontrándose dicho demandado, D. Edgar Hernán Calvopiña Velastegui en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación n forma al mismo.

.

Alcobendas, 21 de enero de 2016.- Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid