Edicto
D. Mariano Rodríguez Trotonda, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia:
En el procedimiento de referencia relativo al concurso del deudor Armaduras y Vigas, S.L., con CIF B-80911340, cuyo número de procedimiento es 466/2013, se ha acordado lo siguiente:
Que debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada en el concurso de Armaduras y Vigas, S.L., por la propia concursada, y que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 7 de abril de 2016.
Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.
Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de los concursados, debiendo presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución.
Llévese testimonio de esta resolución a los autos y el original al libro de sentencias de este Juzgado.
Madrid, 27 de junio de 2016.- Letrado de la Admón. de Justicia.
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