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Documento BOE-B-2016-35863

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 27 de julio de 2016, páginas 44095 a 44095 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-35863

TEXTO

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 274/2016 en el que se ha dictado con fecha 03-06-2016 auto, declarando en estado de concurso la entidad 4D LIFE, S.L., con CIF B65375008, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08017-47-1-2015-8008718.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: 4D LIFE, S.L., con domicilio en c/ Selva de Mar, 5, Barcelona.

Administrador concursal: Audilegalia Iuris, con domicilio en avenida Tibidabo, 49, Barcelona 08035, con correo electrónico concursal@audilegaliaiuris.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 3 de junio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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