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Documento BOE-B-2016-35860

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 27 de julio de 2016, páginas 44092 a 44092 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-35860

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Anuncia: Que en los autos de concurso abreviado seguido contra "MOLDEGAL, S.L.", se ha dictado en fecha 11 de julio de 201 el auto de conclusión y archivo cuyo contenido extractado de la parte dispositiva es del tenor que sigue:

1.- Concluir el presente procedimiento concursal de la entidad "MOLDEGAL, S.L.", con domicilio en polígono industrial de Bertoa, parcela C7, Carballo, A Coruña, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, tomo 1336, folio 117, hoja C-8987, por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.

2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3.- Procederá la extinción de la entidad MOLDEGAL, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil, a cuyo efecto, expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.

Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la Ley Concursal. Publíquese, igualmente, en el Registro Público Concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre y particípese la conclusión a los mismos Juzgados a los que se comunicó la declaración de concurso.

Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.

Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Y para que sirva de notificación a todos los interesados, se expide el presente.

A Coruña, 11 de julio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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