Ha sido admitida la disolución de la citada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre Regulación del Derecho de Asociación Sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de disolución fue formulada por D. Jorge Barthelemy Giménez Navarro mediante escrito tramitado con el número 99/2016/006139.
La Asamblea General celebrada el 15 de junio de 2016 adoptó por unanimidad el acuerdo de proceder a la disolución de esta asociación. La certificación de dicho acuerdo está suscrita por D. Javier Ferreón Ferrer como Presidente.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 12 de julio de 2016.- El Director general, P.D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subdirector general de Programación y Actuación Administrativa, Juan Manuel Gutiérrez Hurtado.
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