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Documento BOE-B-2016-34806

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 19 de julio de 2016, páginas 42738 a 42738 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-34806

TEXTO

Edicto

Doña MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO MERCANTIL N.º 11 DE MADRID,

Anuncia

1.-Que en el concurso Concurso voluntario Abreviado n.º 333/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0082702, por auto de fecha 27 de junio de 2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a BRAINS SECURITY, S.A., con n.º de identificación A86069705, y domiciliado en JOSÉ LUIS DE ARRESE, n.º 24, C.P. 28017 Madrid (Madrid).

2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.-Que se abre la fase de liquidación del concurso al haberla solicitado el deudor.

4.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.

5.-Que se declara disuelta a la concursada BRAINS SECURITY, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

6.-Que la identidad de la Administración concursal es APARICIO CONSULTING, S.L.P., con domicilio postal en Paseo de la Castellana, n.º 114, Escalera 2, 8.º Izquierda – 28046 - Madrid, y dirección electrónica concursal@aparicioconsulting.es. Ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas.

7.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

Madrid, 27 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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