Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado con n.º 426/2016 sobre la concursada PROMOCIONES PEDRO HEREDIA 6, S.L., con CIF B-85007839, en los que en fecha 23/06/2016 se ha dictado Auto en el que:
1.-Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales, Sra. BLANCA RUIZ MINGUITO, en nombre y representación de PROMOCIONES PEDRO HEREDIA 6, S.L., con CIF B-85007839.
2.-Se declara en concurso al deudor PROMOCIONES PEDRO HEREDIA 6, S.L.
3.-Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1º del art. 176. bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a) se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
b) firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE;
c) se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de la hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución.
Y para que sirva de publicidad en forma, expido y firmo la presente.
Madrid, 23 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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