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Documento BOE-B-2016-34051

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 14 de julio de 2016, páginas 41760 a 41760 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-34051

TEXTO

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 1075/2011 habiéndose dictado en fecha 1 de junio de 2016 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario de la mercantil, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Se decreta la conclusión del concurso concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1075/2011, promovido por el Procurador Sr/a Oliva Moreno, Belén, en nombre y representación de la mercantil Cosiva Sociedad Cooperativa Agrícola, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal don José Manuel Gozalbez Llorca, con NIF n.º 20423310-T, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Cosiva Sociedad Cooperativa Agrícola, con CIF n.º B-97159313, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Valencia, 1 de junio de 2016.- La Letrada Admon. Justicia.

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