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Documento BOE-B-2016-34014

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 14 de julio de 2016, páginas 41722 a 41722 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-34014

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 320/2016, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a Nicasi Serarols Montes y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso voluntario 320/2016 Sección C2.

NIG del procedimiento: 0879-47-1-2016-8002696.

Entidad concursada: Nicasi Serarols Montes, con CIF número 77062855-K y con domicilio en calle Constitución, 384, ático 5, Castelldefels.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del Auto de declaración de concurso: 15 de junio de 2016.

Administradores concursales: Doña Laura Pedreño Vargas, con domicilio social en calle Provença, 238, 2-1, 08008 de Barcelona, teléfono número 933 62 15 95, fax número 934 51 76 83 y dirección electrónica laura@pedreno.es

Facultades del concursado intervenidas

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de los créditos conforme al artículo 85 Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 20 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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