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Documento BOE-B-2016-33238

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 9 de julio de 2016, páginas 40710 a 40710 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-33238

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edicficio C, 12.ª planta.

Número de asunto: Concurso voluntario 278/2016 7.ª

Tipo de concurso: Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF: Lacados 2000, S.L.U. CIF B61891917.

Fecha del Auto de declaración: 15 de abril de 2016.

Administradores concursales: D. AC-IN Administradores Concursales Independientes, con NIF B65794851, domiciliada en Barcelona, Rambla Catalunya, 49-51, 1.º-2.ª, como, con correo electrónico http://www.ac-in.es/

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Régimen de intervenidas las facultades de la concursada

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 26 de abril de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

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