El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento 561/2014 se declaró en concurso necesario y abreviado al deudor Instalaciones Castellar, S.L., con CIF n.º B-82.001.231, el cual se publicó en el BOE 235, de fecha 1 de octubre de 2015 y se insertó erróneamente las facultades del administrador concursal debiendo contener las siguientes: Las facultades de la administración concursal son las de administración y disposición del patrimonio del deudor, en sustitución del deudor que ha sido privado de dichas facultades.
Madrid, 15 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
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