BDNS(Identif.):310701.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Beneficiarios:
1) Entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:
a. Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los siguientes colectivos: inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
b. Carecer de fines de lucro.
c. Tener ámbito de actuación estatal, según título constitutivo, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
d. Deberán estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
e. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
f. No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias como resultado de un procedimiento de reintegro.
2) Organismos Internacionales que tengan sede permanente en el Estado español y cumplan los requisitos a), b), e) y f) del punto anterior.
Segundo. Objeto:
El objeto de estas subvenciones será fomentar el desarrollo de programas orientados a intervenir las necesidades específicas de la población inmigrante derivadas de la diversidad de orígenes culturales y de sus circunstancias especiales, complementando así los programas dirigidos a la población en general.
Podrán concederse subvenciones a cargo de tres líneas de financiación: Programas de Régimen General financiados exclusivamente con Presupuestos Generales del Estado, programas cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE) y programas cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI).
Programas de régimen general financiados exclusivamente por Presupuestos Generales del Estado:
- Programas de acogida integral para la intervención en la atención de las necesidades básicas y de apoyo a la inserción de personas inmigrantes nacionales de terceros países. El objeto de esta actuación será el establecimiento de plazas de alojamiento y manutención para inmigrantes nacionales de terceros países en situación de vulnerabilidad social o riesgo de exclusión social.
- Programas de equipamiento y adaptación de inmuebles. El objetivo de estos programas es el apoyo a la adquisición de recursos materiales adecuados para el funcionamiento de entidades cuyos programas vayan destinados a personas inmigrantes nacionales de terceros países.
Programas cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE) a través del Programa operativo de inclusión social y de la economía social:
- Programas de empleo. El objetivo último de estos programas será fomentar la plena participación de la población inmigrante procedente de terceros países en la sociedad y en la economía española en condiciones de igualdad.
- Programas destinados a la formación y perfeccionamiento de profesionales y voluntarios/as con la finalidad de mejorar sus competencias en atención a las personas inmigrantes nacionales de terceros países y de promover la inserción socio-laboral de las mismas. Tendrán prioridad aquellos que reserven un número de plazas superior al 60% para personas que provengan de otras entidades.
- Programas de sensibilización y promoción de la igualdad de trato y no discriminación en el ámbito laboral.
Programas cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI):
- Programas para la adquisición de conocimientos básicos del idioma, historia, instituciones, ordenamiento, cultura, marco de convivencia y valores democráticos de la sociedad española, para facilitar así la participación en ésta. Los programas estarán orientados a intervenir en las necesidades específicas de la población inmigrante derivadas de la diversidad de orígenes culturales y de sus circunstancias especiales, complementando así los programas dirigidos a la población en general.
- Programas para promover la integración de menores y jóvenes en el sistema educativo y garantizar las condiciones de igualdad en el acceso a éste, como instrumento clave de su participación activa en la sociedad española. Los programas estarán orientados a atender las necesidades específicas de la población inmigrante derivadas de la diversidad de orígenes culturales y de sus circunstancias especiales, complementando así los programas dirigidos a la población en general.
- Programas para coordinar el estudio y atención de necesidades específicas en materia de salud. Los programas estarán orientados a atender las necesidades específicas de la población inmigrante derivadas de la diversidad de orígenes culturales y de sus circunstancias especiales, complementando así los programas dirigidos a la población en general.
- Programas específicamente dirigidos a mujeres. Los programas estarán orientados a atender las necesidades específicas de la población inmigrante derivadas de la diversidad de orígenes culturales y de sus circunstancias especiales, complementando así los programas dirigidos a la población en general.
- Programas de promoción de la igualdad de trato y no discriminación en la sociedad española. Los programas estarán orientados a atender las necesidades específicas de la población inmigrante derivadas de la diversidad de orígenes culturales y de sus circunstancias especiales, complementando así los programas dirigidos a la población en general.
- Programas para la identificación de experiencias y buenas prácticas en los anteriores programas y acciones, con el fin de ser compartidas con otros Estados miembros. Son programas dirigidos a la identificación de experiencias de calidad y buenas prácticas a través de la recogida e intercambio de información entre organizaciones del Tercer Sector, Administraciones Públicas del ámbito local, regional y/o central, personas expertas en este ámbito, etc.
- Programas encaminados a favorecer el diálogo, la convivencia ciudadana, el sentido de pertenencia y responsabilidad hacia la sociedad que los acoge y la gestión de la diversidad en zonas con presencia significativa de personas residentes nacionales de terceros países. Los programas estarán orientados a atender las necesidades específicas de la población inmigrante derivadas de la diversidad de orígenes culturales y de sus circunstancias especiales, complementando así los programas dirigidos a la población en general.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden ESS/1423/2012 de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal (BOE 30/6/2012).
Cuarto. Cuantía:
Las subvenciones para los proyectos objeto de la presente convocatoria tendrán una cuantía máxima a otorgar de 35.000.000 €, financiados con cargo a:
- Presupuestos Generales del Estado: 2.600.000 €.
- Fondo Social Europeo (FSE): 14.000.000 €.
- Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI): 18.400.000 €.
Quinto. Plazo de presentación:
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 29 de junio de 2016.- P.S. El Subdirector general de Inmigración (DA 4ª R.D. 343/2012 de 10 de febrero), Carlos Mora Almudí.
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