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Documento BOE-B-2016-32089

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 4 de julio de 2016, páginas 39295 a 39295 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-32089

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 350/2016 (NIG: 2906742M20160000745,) por auto de fecha 17 de junio de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Panificadora Linda Vista, S.L., con NIF B-29023975 y domicilio en Polígono Industrial San Pedro de Alcántara, Marbella (Málaga) C/ Malta, n.º 12 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Marbella (Málaga).

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la administración concursal la integra doña Concepción Dunia Álvarez Lorenzo, provista del DNI 25056065-A, española, mayor de edad, profesión economista-auditora de cuentas, con vecindad civil común, estado civil casada, vecina de Málaga, domicilio y dirección postal en Málaga C/ Cortina del Muelle, n.º 7, 1.ª planta, C.P. 29015, y TFNO: 952229578, y con dirección de correo electrónico panificadoralindavista@unicontrol.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 23 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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