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Documento BOE-B-2016-31831

Extracto de la Resolución de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC).

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 2 de julio de 2016, páginas 39035 a 39036 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-B-2016-31831

TEXTO

BDNS(Identif.):310473

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/ 2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios.

Los beneficiarios deben ser pequeñas empresas innovadoras, constituidas como máximo en los cuatro años anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias y/o mediante compensación de créditos de los socios. Asimismo, deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

Segundo. Objeto.

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. La tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias. Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Se consideran gastos subvencionables, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo, los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras durante 2017 y 2018. Además, los proyectos deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 ("Boletín Oficial del Estado" núm. 159 de 4 de julio de 2015).

Cuarto. Financiación.

El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 20.000.000 euros y se financiará con cargo a los fondos propios del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 4 de julio de 2016 y finalizará el día 12 de septiembre de 2016, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Sexto. Otros datos.

La evaluación de las solicitudes presentadas se realizará en dos fases, de forma que únicamente pasarán a la segunda fase de evaluación las solicitudes que superen la puntuación mínima y los umbrales fijados en la convocatoria para cada uno de los criterios de evaluación previstos, y siempre que cumplan el resto de requisitos establecidos en la convocatoria.

Madrid, 28 de junio de 2016.- María Luisa Poncela García, Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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