EDICTO
Doña PILAR SOLANOT GARCÍA, Letrada de la Admón., de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente hago saber:
Que en el procedimiento concurso abreviado 000715/2011-R, sobre declaración de concurso de la mercantil ALUYTEC DEL SURESTE SOCIEDAD LIMITADA, con domicilio en C/ Medio Ambiente n.º 17, Polígono Industrial Apatel de Bigastro y C.I.F. número B-54281845, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 3.231, Libro 0, Folio 99, Hoja A-109049, se ha dictado auto de fecha 21-06-16 que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
Acuerdo:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo, si bien se le autoriza para reclamar pago de clientes debiendo informar cada seis meses.
6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno.
Alicante, 21 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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