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Documento BOE-B-2016-30375

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 27 de junio de 2016, páginas 37221 a 37222 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-30375

TEXTO

D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado n.º 86/16, de la entidad GABINET D'ASSESORIA EMPRESARIAL, S.L., con CIF B59078642, se ha dictado Auto de fecha 24/05/2016, se ha declarado el concurso, por la MAGISTRADA-JUEZ doña Ana Fernandez Arranz, cuyos puntos principales de su PARTE DISPOSITIVA, son del tenor literal siguiente.

PRIMERO.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador doña MARÍA DOLORES MOUTON BEAUTELL, en nombre y representación de GABINET D'ASSESORIA EMPRESARIAL, S.L., con CIF B59078642.

SEGUNDO.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor GABINET D'ASSESORIA EMPRESARIAL, S.L., con CIF B59078642.

TERCERO.- Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros ( enumérese los nombres de los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil), lo que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder al cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

CUARTO.- Anúnciese la declaración y conclusión del concurso en el Boletín Oficial del estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal.

Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

MODO DE IMPUGNACION.- Contra la DECLARACION DE CONCURSO, cabe por quién acredite interés legítimo RECURSO DE APELACION ante la Audiencia Provincial de, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de VEINTE DIAS contados desde el día siguiente a su notificación( art. 458.1 LEC) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso( DA15ª LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación GRATUITA en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, del 27 de marzo), y en el Registro Público Concursal.

Así lo dispone, manda y firma, Doña ANA FERNANDEZ ARRANZ, MAGISTRADA-JUEZ del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife, doy fe.

Santa Cruz de Tenerife, 1 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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