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Documento BOE-B-2016-29926

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 2016, páginas 36680 a 36680 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-29926

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado -000963/2011 - MJ sobre declaración de concurso de la mercantil Moncada Proyecta, S.L., con domicilio en calle Moncada, n.º 3, de Denia, Alicante, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2502, libro 0, folio 50, sección 8, hoja A-68396, y CIF número B53629168, presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el art. 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamiento:

Acuerdo:

1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal con autorización para continuar con las acciones iniciadas en interés de la masa.

5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo pero con autorización para continuar con las acciones iniciadas en interés de la masa.

6.-La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de Impugnación: No cabe recurso alguno.

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido la presente.

Alicante, 2 de junio de 2016.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

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