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Documento BOE-B-2016-29264

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 23 de junio de 2016, páginas 35934 a 35935 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-29264

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona.

Avenida Gran Via de les Corts Catalanes,111, (edificio C), Barcelona, CP 08071.

Tel: 935549468.

Fax: 935549568.

E-mail: mercantil8.barcelona@xij.gencat.cat

Procedimiento: Concurso abreviado 197/2016.

Sobre: Procedimientos concursales.

Parte deudora/concursada: TOP COMM NETWORKS, S.L.

Procuradoro/a: Doña Raquel Palou Bernabé.

Abogado/a: Don Sergi Lima Lozano.

Don Jesús Santiago Ortega Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso abreviado 197/2016, Sección: E.

NIG: 0801947120168000520.

Fecha del Auto de declaración. 13-06-2016.

Clase de concurso. Voluntario abreviado.

Entidad concursada. TOP COMM NETWORKS, S.L., con CiF B-65710857, con domicilio en Montgat (Barcelona), C/ Vial Les Pedreres D-4, Polígono Industrial Les Pedreres.

Administradores concursales: BMR Advocats i Economistes, S.L.P.

Domicilio C/ París, 161, entlo. 2.ª, Barcelona.

dirección electrónica: topcomm@bmrconcursal.com

Régimen de las facultades. Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal ( LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111 (edificio C), Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los órganos Mercantiles.

Bareclona, 13 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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