Por el Procurador don Marcos Juan Calleja García, en nombre y representación, de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación del Polígono Industrial Guadalhorce, se ha interpuesto ante la Sala Tercera, Sección Cuarta, del Tribunal Supremo, recurso contencioso administrativo contra el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Gualalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras, y contra Real Decreto 21/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los planes de gestión del riesgo de inundación de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas del Tinto, Odiel y Piedras; Guadalete y Barbate, y Cuencas Mediterráneas Andaluzas, y que figura registrado con el número 1/4450/16.
Lo que se hace público a los efectos de conceder un plazo de nueve días para la personación de quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a Derecho de la disposición impugnada
Madrid, 6 de junio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
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