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Documento BOE-B-2016-28440

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se otorga concesión administrativa a Hostelería Sevilla Puerto, Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2016, páginas 34967 a 34967 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2016-28440

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha otorgado con fecha 3 de mayo de 2016, una concesión administrativa para la adecuación y explotación del Módulo Sur del Muelle de las Delicias, y una parcela anexa, pertenecientes al dominio público portuario estatal, situadas en el Muelle de Delicias del Puerto de Sevilla, en la margen izquierda del Canal de Alfonso XIII, para el ejercicio de la actividad de restaurante-bar (Módulo Sur) y terraza (parcela anexa de 904 metros cuadrados).

Autorizado: Hostelería Sevilla Puerto, Sociedad Limitada.

Plazo: Catorce (14) años.

Tasas a abonar: Tasa de ocupación de terrenos por la ocupación privativa del dominio público portuario (sin incluir las infraestructuras, superestructuras e instalaciones) de 15,869211 euros/metro cuadrado/año, IVA no incluido, que se aplicará a la superficie de 1.464 metros cuadrados.

Tasa por ocupación de obras e instalaciones (ocupación de infraestructuras, superestructuras e instalaciones pertenecientes al dominio público portuario estatal): 19.095,36 euros/año, IVA no incluido.

Tasa por el ejercicio de actividades comerciales industriales y de servicios en el dominio público portuario: El importe anual de esta tasa se obtendrá, el año 1 de duración de la concesión aplicando el tipo del 2% al importe neto anual de la cifra de negocio desarrollado en el puerto al amparo de la concesión, IVA no incluido; el año 2 aplicando el tipo del 2,25% al importe neto anual de la cifra de negocio desarrollado en el puerto al amparo de la concesión, IVA no incluido; y de los años 3 a 14 aplicando el tipo del 3% al importe neto anual de la cifra de negocio desarrollado en el puerto al amparo de la concesión, IVA no incluido, con las siguientes cuantías mínimas: año 1, 6.526,55 euros; año 2, 8.838,22 euros; año 3, 14.510,37 euros; año 4, 15.788,16 euros; año 5, 16.577,57 euros; año 6, 18.235,33 euros; año 7, 20.058,86 euros; año 8, 22.064,74 euros; año 9, 24.271,23 euros; año 10, 25.484,78 euros; año 11, 26.759,02 euros; año 12, 27.428,00 euros; año 13, 28.113,71 euros y año 14, 28.816,54 euros.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 1 de junio de 2016.- El Presidente, Manuel Gracia Navarro.

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