Está Vd. en

Documento BOE-B-2016-28235

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2016, páginas 34696 a 34696 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-28235

TEXTO

D/ña. Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia Sust. del Juzgado de lo Mercantil N.º 3 de Barcelona.

HAGO SABER: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 405/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad TONCAR, S.A.U. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.-Concurso voluntario 405/2016 Sección C5.

NIG del Procedimiento.-08019 - 47 - 1 - 2015 – 8009549.

Entidad Concursada.-TONCAR, S.A.U., con CIF n.º A08509432.

Tipo de Concurso.-Voluntario.

Fecha del Auto de declaración.-24 de mayo de 2016.

Administrador/es Concursal/es.-La sociedad ROCA JUNYENT que designa a JOSEP PUJOLRAS, con correo electrónico administracionconcursal.toncar@mazars.es y don JOSÉ MANUEL CALAVIA MOLINERO, con correo electrónico administracionconcursal@mazars.es, domicilio C. Diputació 260, Barcelona (Barcelona) y n.º de teléfono 934947750.

Facultades del Concursado.-Suspendidas.

Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.-Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 30 de mayo de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia Sust.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid