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Documento BOE-B-2016-27701

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2016, páginas 34097 a 34097 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-27701

TEXTO

Edicto.

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000136/2016, seguido a instancias de la Procuradora doña Ana Teresa Kozlowski Betancor, en nombre y representación de Extrafrutas, S.L., se ha dictado Auto el día 17 de mayo de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Extrafrutas, S.L., con CIF B35935006, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Ignacio Rivas Alonso, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Carmen Llopis, n.º 7, 3.ª, código postal 35003 Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928 36-06-18; fax: 92837-24-62; móvil: 649-452-109, así como dirección electrónica ignaciorivas@abogadosdeleónyval.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de1 conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de junio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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