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Documento BOE-B-2016-2438

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2016, páginas 3183 a 3183 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-2438

TEXTO

Dña. Pilar Solanot García, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 964/2011 - R sobre declaración de concurso de la mercantil Ripoll Tejidos Para Decoración, S.L., con C.I.F. número B-03090321, domiciliada en Cocentaina, Carretera vieja de Alcoy, sin número inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 560 general, Libro 207 sección 2.ª, Folio 27, Hoja número 4.980, inscripción 1.ª, se ha dictado auto de fecha 8-01-16, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

"Acuerdo:

1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.

Se expide el presente en

Alicante, 8 de enero de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

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