Está Vd. en

Documento BOE-B-2016-23277

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 28 de mayo de 2016, páginas 28797 a 28797 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-23277

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 1210/11 habiéndose dictado en fecha 4 de mayo de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1. Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1210/11, promovido por la Procuradora Sra. Pascual Casanova María Elisa, en nombre y representación de la mercantil Albalat Construcciones, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Santiago Guillén Grech, con DNI n.º 29.197.753N revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Albalat Construcciones, S.L., con CIF B46398814, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la Ley Concursal) y tiene carácter de firme.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 30 de diciembre de 2015.

Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 Ley Concursal expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán a la procuradora de la concursada Pascual Casanova María Elisa a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 Ley Concursal).

Valencia, 4 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid