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Documento BOE-B-2016-17648

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2016, páginas 22012 a 22012 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-17648

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación.

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona,

Dicto el presente edicto.

Juzgado: Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto: Concurso Voluntario 146/2016 6.ª

Tipo de concurso: Voluntario.

Entidad Instante del concurso y NIF: Soporte Comercial de Marketing 2.0 S.L. B61680385.

Fecha del auto de declaración: 17 de marzo de 2016.

Administradores concursales: María José Moragas Montserin, como persona natural representante de Pich Abogados y Economistas, S.L.P, con NIF: 10083976V, abogada, con domicilio profesional en Fontanella, 21, 08010 Barcelona con correo electrónico abogados@pich-asociados.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Régimen de suspensión de las facultades de la concursada.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen sin necesidad de personarse.

Barcelona, 31 de marzo de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

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