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Documento BOE-B-2016-17354

Extracto de la Resolución de 21 de abril de 2016, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación por la que se aprueba la convocatoria para el año 2016 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a las acciones de dinamización "Proyectos Europa Excelencia", del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento - Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica 2013-2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2016, páginas 21690 a 21692 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-B-2016-17354

TEXTO

BDNS (Identif.): 304512.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:

Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.

Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.

Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.

Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.

Los beneficiarios deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en los artículos 4, 5 y 6 de la resolución de convocatoria.

Segundo. Objeto.

La convocatoria de acciones de dinamización "Proyectos Europa Excelencia" tiene como objetivo potenciar la participación española en los subprogramas "Starting Grants" y "Consolidator Grants", enmarcados en el Pilar 1 "Ciencia Excelente" del Programa Marco de la Unión Europea Horizonte 2020 y gestionados por la Agencia Europea del Consejo Europeo de Investigación (ERCEA, en su sigla en inglés).

Para ello, se financian dos tipos de proyectos:

Los proyectos "Starting Grant" (StG), que deberán haberse presentado a la convocatoria 2015 del subprograma "Starting Grants" del ERCEA, haber sido seleccionados para la segunda etapa de evaluación, haber obtenido la calificación A y no haber sido financiados.

Los proyectos "Consolidator Grants" (CoG), que deberán haberse presentado a la convocatoria 2015 del subprograma "Consolidator Grants" del ERCEA, haber sido seleccionados para la segunda etapa de evaluación, haber obtenido la calificación A y no haber sido financiados.

2. Los proyectos Europa Excelencia estarán relacionados con la temática de la propuesta presentada a la convocatoria StG o CoG, y plantearán el desarrollo de alguno de los objetivos de dicha propuesta.

3. Los proyectos subvencionados se realizarán de forma individual por un investigador principal que será el que conste en la solicitud del proyecto presentado en la convocatoria StG o CoG.

4. La entidad beneficiaria podrá ser la misma o diferente a la que actuó como institución hospedadora (host institution) en el proyecto presentado por el investigador principal en la convocatoria StG o CoG y podrá pertenecer a cualquiera de las categorías recogidas en el artículo 4 de la resolución de convocatoria.

5. El plazo de ejecución de los proyectos será de un año, iniciándose en la fecha que se especifique en la resolución de concesión. En todo caso, la fecha de inicio no podrá ser anterior a 1 de enero de 2016.

Los investigadores principales deberán ser doctores, estar vinculados con la entidad solicitante y cumplir con el resto de los requisitos del artículo 12 de la resolución de convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas de varios subprogramas del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016

Cuarto. Cuantía.

La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas previstas en esta convocatoria será de 1.125.000 euros, con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Economía y Competitividad para el año 2016.

Las ayudas podrán financiar total o parcialmente los gastos elegibles en las propuestas presentadas. Su cuantía individual se determinará en cada caso en función de las disponibilidades presupuestarias y en ningún caso será superior a 75.000 euros.

El presupuesto de las ayudas financiará gastos de personal, material inventariable y fungible, gastos de viajes, publicaciones científicas, patentes y otros gastos directamente relacionados con el proyecto, en las condiciones detalladas en el artículo 8 de la resolución de convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Habrá un único plazo de presentación de solicitudes, desde el 21 de junio hasta el 5 de julio de 2016 a las 15:00 horas (hora peninsular).

Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda.

Se valorarán (con las puntuaciones y ponderaciones establecidas en el artículo 18 de la resolución de convocatoria) los siguientes méritos:

Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta.

Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación.

Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta.

Madrid, 21 de abril de 2016.- La Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, María Carmen Vela Olmo.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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