Por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de Bacardí España, Sociedad Anónima, se ha interpuesto ante la Sala Tercera, Sección Cuarta del Tribunal Supremo, recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras y contra el Real Decreto 21/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación, de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas Tinto, Odiel y Piedras; Guadalete y Barbate; y Cuencas Mediterráneas Andaluzas que figura registrado con el número 1/4431/2016.
Lo que se hace público a los efectos de conceder un plazo de nueve días para la personación de quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a Derecho de la disposición impugnada.
Madrid, 19 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid