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Por el Procurador don Marcos Juan Calleja García, en nombre y representación de la Asociación de Polígonos y Parques Industriales y Comerciales de Málaga y su Provincia, se ha interpuesto ante la Sala Tercera Sección Cuarta del Tribunal Supremo, recurso contencioso administrativo contra el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Gualalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras, y contra Real Decreto 21/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas del Tinto, Odiel y Piedras; Guadalete y Barbate; y Cuencas Mediterráneas Andaluzas, y que figura registrado con el número 1/4440/16.
Lo que se hace público a los efectos de conceder un plazo de nueve días para la personación de quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a Derecho de la disposición impugnada
Madrid, 14 de abril de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
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