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Documento BOE-B-2016-16635

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana, sobre aprobación del expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Autovía del Mediterráneo, A-7. Ampliación a tercer carril por calzada entre los puntos kilométricos 528 y 545. Tramo: Crevillente (enlace con la AP-7) – Enlace de Orihuela/Benferri". Provincia de Alicante. Clave: T4-A-4370.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2016, páginas 20816 a 20818 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2016-16635

TEXTO

Por Resolución de 9 de marzo de 2016, el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por delegación de la Ministra de Fomento (Orden FOM/ 756/2014), ha resuelto:

1 Aprobar el expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Autovía del Mediterráneo, A-7. Ampliación a tercer carril por calzada entre los puntos kilométricos 528 y 545. Tramo: Crevillente (enlace con la AP-7) – Enlace de Orihuela/Benferri", con las siguientes prescripciones a cumplimentar en el Proyecto de Construcción:

1.1 Se comprobarán y si procede se corregirán los datos de titularidad erróneos, previa aportación, durante el procedimiento expropiatorio, del correspondiente título de propiedad.

1.2 Se corregirán los errores en la naturaleza de los bienes afectados. En el procedimiento expropiatorio se tendrán en cuenta las características reales de dichos bienes.

1.3 Se corregirá el error en la superficie afectada de la parcela 03.0588-0049 en el término municipal de Cox.

1.4 Se modificarán los datos de domicilio a efectos de notificaciones de los titulares que lo hayan solicitado.

1.5 Durante el procedimiento expropiatorio, en el Acta Previa a la Ocupación se podrá acreditar la existencia de otros bienes y derechos afectados.

1.6 Se corregirá el error de georreferenciación de forma que la servidumbre necesaria para la reposición de línea eléctrica LE-026, se establezca de forma proporcional entre las parcelas 03.1112-0018 y 03.1112-0019 del término municipal de Redován.

1.7 Durante el procedimiento expropiatorio se estudiará la posibilidad de realizar la expropiación total de las parcelas que los titulares soliciten.

1.8 Se repondrá el acceso a la parcela 03.0588-0065 en el término municipal de Cox, desde el Camino de los Collereros.

1.9 Se estudiará la conexión de los caminos EJE 108 MD 535+270 y EJE 109 MD 535+700, para mantener la accesibilidad a las parcelas colindantes en las condiciones actuales.

1.10 Se estudiará la solicitud del Ayuntamiento de Albatera en cuanto a la pavimentación del camino EJE 110 MD 537+200.

1.11 Se eliminará el camino EJE 111 MD 538+800, para evitar la afección a las instalaciones deportivas de Granja de Rocamora.

1.12 Se eliminará el camino Eje 130 MI 539+000. La reposición del acceso a la parcela 03.0746-0017 del término municipal de Granja de Rocamora, desde el viario público existente, se proyectará por medio de un camino situado junto al lindero sur de la parcela 03.0746-0019, de forma que esta última no quede dividida.

1.13 Se atenderá la solicitud del Ayuntamiento de Cox en cuanto a la disposición de las arquetas en la reposición de abastecimiento AB-015

1.14 Se recogerán las indicaciones del Sindicato General de Riegos de la Acequia de Cox en cuanto a la descripción de las afecciones a instalaciones de su titularidad.

1.15 En las soluciones propuestas al tráfico durante las obras se tendrá en cuenta la observación de la Diputación Provincial de Alicante de dar acceso al polígono de La Granadina desde el desvío de tráfico previsto.

1.16 Se comprobarán los niveles sonoros estimados en la parcela 03.0588-0089 del término municipal de Cox y el cumplimiento de los límites legales.

1.17 Se deberán tener en cuenta las observaciones que formule el Organismo de Cuenca en su informe.

1.18 Se deberán tener en cuenta las indicaciones de la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.

1.19 Se proseguirá la tramitación de la reposición de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los Proyectos de Obras" de 7 de marzo de 1994.

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Sra. Ministra del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que comunico para su general conocimiento.

Valencia, 14 de abril de 2016.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación. Ismael Ferrer Domingo.

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