Está Vd. en

Documento BOE-B-2016-16224

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 23 de abril de 2016, páginas 20263 a 20263 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-16224

TEXTO

Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona,

Por el presente hago saber que en el concurso voluntario tramitado bajo el n.º 772/2015-B, de la persona física José Hidalgo Ocaña, con NIF 39178911K se ha dictado auto firme de fecha 2 de marzo de 2016, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso, siendo su parte dispositiva del tenor literal siguiente:

"Parte dispositiva

Acuerdo: Acuerdo la conclusión del concurso de don José Hidalgo Ocaña, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

Cese en su cargo el administrador concursal, aprobándose las cuentas formuladas.

Líbrese mandamiento al Registro Civil, al que se adjuntará testimonio de esta resolución con expresión de su firmeza, a fin de que proceda a las inscripciones correspondientes.

Deniego la exoneración del pasivo insatisfecho solicitada por la vía del apartado 5º del art. 178 bis.3 LC por el concursado don José Hidalgo Ocaña, sin imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra este auto se puede interponer recurso de reposición respecto de los pronunciamientos relacionados con la exoneración.

Así lo acuerda, y firma D. Florencio Molina López, Magistrado-Juez en sustitución del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona".

Barcelona, 18 de marzo de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid