El Jdo. de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén anuncia:
Que en la sección quinta del procedimiento concursal voluntario ordinario n.º 1171/2015 referente al concursado OFIMAGINA, S.L., con C.I.F N.º B- 23437668,porauto de fecha 04-04-2016 se ha acordado lo siguiente:
1.-Dejar sin efecto la fase de convenio y abrir la fase de liquidación, convirtiéndose es este sentido el contenido de la sección quinta, dejando consecuentemente sin efecto el señalamiento de la Junta de Acreedores.
2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.-Declarar disuelta la sociedad concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.
Jaén, 7 de abril de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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