Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, Doy fe y testimonio de que en el Concurso Abreviado 708/2015, que se tramita en este Juzgado a instancias de NOKSEL CELIK BORU SANAYI A.S., frente a HIDRÁULICA LOMINCHAR-ANGODOS, S.A., sobre Derecho Mercantil, se ha dictado con esta fecha resolución del tenor literal siguiente:
"Auto
El/la Juez/Magistrado-Juez que lo dicta: D./Dña. Fátima Durán Hinchado.
Lugar: Madrid.
Fecha: 9 de marzo de 2016.
Antecedentes de hecho
Primero:- El presente procedimiento concursal del deudor HIDRÁULICA LOMINCHAR ANGODOS, S.A., se incoó como Concurso Abreviado número 708/2015.
Segundo:- Del contenido de las actuaciones y de lo manifestado por el Administrador concursal se deduce que el presente concurso debe calificarse como "ordinario", por la cantidad a que previsiblemente asciende el pasivo y por la complejidad, igualmente previsible del procedimiento.
Fundamentos de Derecho
Primero.- Dispone el artículo 190.4 que el Juez, de oficio, a requerimiento del deudor o de la administración concursal, o de cualquier acreedor, podrá en cualquier momento, a la vista de la modificación de las circunstancias previstas en los apartados anteriores y atendiendo a la mayor o menor complejidad del concurso, transformar un procedimiento abreviado en ordinario o un procedimiento ordinario en abreviado.
Segundo.- En el presente caso, se dan las circunstancias previstas en el artículo mencionado por lo que el Juez a requerimiento de la administración concursal ha instado la conversión del actual procedimiento abreviado en procedimiento ordinario.
Parte Dispositiva
Acuerdo la conversión del presente procedimiento concursal del deudor HIDRÁULICA LOMINCHAR-ANGODOS, S.A., de abreviado a ordinario, con efectos a partir de la fecha de esta resolución, sin retroacción de las actuaciones anteriores.
Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.
Juez Letrada de la Administración de Justicia."
Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con el original al que me remito y, para que conste, libro el presente.
Madrid, 9 de marzo de 2016.- La Letrado de la Admón. de Justicia.
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