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Documento BOE-B-2016-12828

Extracto de la Resolución, de 18 de marzo de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas destinadas a fomentar la negociación colectiva en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, correspondientes al año 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 2016, páginas 16050 a 16051 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2016-12828

TEXTO

BDNS (Identif.):303091.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero. Beneficiarios:

1. Podrán solicitar estas ayudas las organizaciones sindicales que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 6.2 y 7.2 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical ostentan capacidad para negociar en el ámbito estatal con la Administración del Estado las materias relacionadas con la Enseñanza sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

Segundo. Objeto:

El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las Organizaciones Sindicales con capacidad para negociar en el ámbito estatal y funcional de la Enseñanza sostenida total o parcialmente con fondos públicos las materias que corresponden a la Administración del Estado, que les permitan el mantenimiento de representantes sindicales con dedicación exclusiva a dicha negociación.

Tercero. Base Reguladora:

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE de 12 de mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Cuantia:

Importe de las ayudas 480.800,00 euros, a repartir entre las distintas organizaciones sindicales beneficiarias.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto. Otros datos:

Las organizaciones sindicales que reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria formularán sus solicitudes según el modelo que figura como anexo de esta Resolución, a la que acompañaran la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada de la tarjeta con el número de identificación fiscal del sindicato solicitante.

b) Copia certificada del acuerdo del órgano competente de la organización sindical por el que se acuerda solicitar la ayuda.

c) Declaración firmada por el Secretario General o cargo directivo equivalente por la que se compromete a devolver, en el plazo de 15 días, la totalidad o parte de la ayuda que se reciba, cuando así le sea requerido por la Administración por falta de justificación o justificación insuficiente de las cantidades concedidas, una vez cumplido el plazo establecido en el apartado Undécimo.2 de la presente convocatoria.

d) Declaración responsable de las ayudas o subvenciones para el mismo fin concedidas durante el año 2015 y de las solicitadas durante el presente año, convocadas por otros Departamentos Ministeriales, o procedentes de cualquier otra Administración pública, o ente público o privado.

Madrid, 18 de marzo de 2016.- El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín Hellín.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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