Edicto
Dña. María Jesús Palmero Sandín, Letrado de la Administración de Justicia en sustitución del Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 329/2011 referente al concursado Exclusividad y Encanto, S.L. C.I.F. B86051513 se ha dictado sentencia de fecha veintiuno de marzo de dos mil dieciséis cuyo fallo literalmente dice:
1.- Declaro la conclusión del concurso del deudor Exclusividad y Encanto, S.L.
2.- Acuerdo el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Se acuerda la extinción de Exclusividad y Encanto, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
3.- La presente resolución se comunicará por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del juzgado.
4.- Acuerdo dar a esta sentencia la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.
5.- Apruebo la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Madrid, 21 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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