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Documento BOE-B-2016-11671

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 2016, páginas 14490 a 14490 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-11671

TEXTO

D. José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Pontevedra, por el presente, Hago Saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 000011/2016 y NIG 36038 47 1 2016 00000016 se ha dictado en fecha 16 de febrero de 2016 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor PRODUCCIONES INDEPENDIENTES CULTURALES, S.L., con CIF B-36436459, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Rodrigo de Mendoza, nº 12, 5º B 36600 Vilagarcía de Arousa, Pontevedra.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio y cesados sus administradores, quedando sustituidos éstos por la administración concursal.

Se ha designado, como administración concursal al abogado D. Francisco Ramil Acebo, con D.N.I. 33.797.457-S, con domicilio en C/ Marqués de Riestra, nº 34, 2º C, 36001 Pontevedra, Teléfono: 986101003, email: fjramil@yahoo.es.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Pontevedra, 25 de febrero de 2016.- El Secretario Judicial.

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